Neuquén entra en la etapa donde el gas comienza a convertirse en desarrollo
Los concejales del Frente Neuquino-UNE lograron que en la sesión de hoy se aprobara por unanimidad la modificación de la ordenanza 12028 referida a las multas por alcoholemia para aquellos que se niegan a realizarse el test en un control de tránsito.
De esta manera, explicó el concejal Francisco Baggio, “el test de alcoholemia se vuelve obligatorio, y si aún así el conductor se rehusa a hacerlo, la norma prevee la aplicación de una multa equivalente al valor más alto de alcohol en sangre”.
Vale aclarar que la iniciativa surgió luego de casi un año de la implementación de la ordenanza “Alchohol Cero al volante” y como un paso más para evitar “ciertas avivadas de los conductores alcoholizados que hasta el momento veían más barato parar la multa mínima por negarse al test que la que surge de la real graduación alcohólica en sangre al momento del control”, describió el edil.
En su artículo 244 la ordenanza establece que la negativa a realizar la prueba de alcohol constituye falta, la que será sancionada con multa de 8401 a 12.000 módulos e inhabilitación para conducir. Esto equivale a unos $117.000 el valor de la multa.
Tal y como describe el concejal Schpoliansky, coautor de la propuesta, “la negación al test por parte del conductor presupone estado de ebriedad por lo que aplicarle la multa más alta es la sanción que vemos que mejor se encuadra para evitar especulaciones de los conductores”, y continuó, “es importante mencionar que en base a un relevamiento que nos acercaron los agentes de tránsito notaron que muchos conductores, sobre todo los reincidentes, se negaban a hacerse el test porque ya sabían que era más barato que la multa real. Es por eso que la idea con esta modificación es subsanar una laguna que había quedado en la normativa”, resumió.
En el mismo sentido el candidato a renovar su banca agregó, “todos los días escuchamos o vemos graves accidentes de tránsito, y en muchos de esos casos lamentamos muertes. El alcohol está presente en un alto porcentaje de esos siniestros por eso es que vimos imperioso dar un paso más en la modificación de la ordenanza para hacerla aún más eficaz y preventiva y hoy con su aprobación lo pudimos lograr”, insistió.
La ordenanza avalada modifica además las multas del artículo 245 para conductores de vehículos de transporte de personas y cargas, y del artículo 246 para conductores de todo tipo de vehículos, estableciendo una penalidad mayor para aquellos conductores habilitados para el traslado de personas, como ser transporte escolar, ambulancias, servicios de urgencia y transporte de cargas. También considera, según graduación alcohólica en sangre, la inhabilitación para manejar, retención o caducidad de la licencia y secuestro del vehículo (ver tabla en ordenanza).
Asimismo, la norma va acompañada con campañas de concientización con el fin de lograr un cambio cultural en la sociedad
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